13 Ago 2020 AGENCIA FEDERAL DE AVIACIÓN CIVIL
Posted at 17:25h
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Estimados clientes y amigos:
El 16 de octubre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, decreto que crea la Agencia Federal de Aviación Civil (“AFAC”), un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (“SCT”). El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación.
El objeto de la AFAC será, entre otras cuestiones, establecer, vigilar, operar y controlar la prestación de servicios de aerotransporte, aeroportuarios, complementarios y comerciales, destacando las siguientes facultades:
- Proponer políticas públicas y programas en materia de aviación civil y aeroportuaria;
- Ejercer la autoridad aeronáutica y emitir resoluciones;
- Someter a consideración las solicitudes de concesión (su otorgamiento continuará siendo facultad exclusiva de la SCT);
- Vigilar el cumplimiento de las condiciones de las concesiones, y proponer su modificación, caducidad, revocación, rescate o requisa;
- Declarar la suspensión de la operación de aeronaves;
- Verificar que los concesionarios mantengan su capacidad jurídica, técnica, administrativa y financiera de forma permanente;
- Expedir, controlar, suspender y revocar licencias y certificados de capacidad del personal aeronáutico;
- Interpretar la normatividad para efectos administrativos;
- Negociar y ejecutar los Tratados Internacionales aplicables;
- Establecer, vigilar y modificar la operación del tránsito aéreo;
- Expedir y cancelar matrículas y certificados de aeronavegabilidad, siendo responsable del Registro Aeronáutico Mexicano;
- Ejercer las atribuciones de la SCT respecto de las tarifas y precios en materias de aviación civil, aeroportuarios y los servicios relacionados; y
- Proponer la creación de Normas Oficiales Mexicanas.
Quedamos a sus órdenes en caso de que deseen mayor información.